BASES BONO COMERCIO NAVIDAD BENISSA
1. OBJETO, FINALIDAD Y ÁMBITO DE USO
TARJETA BONO COMERCIO BENISSA-NAVIDAD 2022 es un programa de impulso del comercio local con el que el Ayuntamiento de Benissa destina 76.350 € de forma directa en tarjetas regalo y con el que se pretende beneficiar tanto al comercio local como a la ciudadanía, estimular la compra en establecimientos locales adheridos a la campaña (el listado se puede consultar en www.bonocomercionavidadbenissa.es y en la web del portal del comerciante de Benissa (https://benissa.portaldelcomerciante.com)
Se formalizarán a través de las “Tarjetas regalo” emitidas por la entidad financiera Caixa Popular, en las que los ciudadanos y ciudadanas abonan el 50% del coste de la tarjeta.
La fecha máxima de consumo de las tarjetas será hasta el 31 de diciembre de 2022, quedando sin uso a partir de la fecha señalada, sin posibilidad de renovación de la tarjeta.
2. CUANTÍA DE LAS TARJETAS, BONIFICACIÓN Y EMISIÓN
Las tarjetas tienen un valor de 100€, de los cuales, el ciudadano o la ciudadana aporta 50€, según procedimiento indicado en el punto 4. Esta distribución representa para la ciudadanía un descuento del 50% en la TARJETA BONO COMERCIO BENISSA – NAVIDAD 2022 adquirida. En cualquier caso, la compra de tarjetas está limitada a una cantidad máxima de 1 tarjeta por persona beneficiaria.
3. ADQUIRENTES DE LA TARJETA BONO COMERCIO NAVIDAD BENISSA
Pueden adquirir las tarjetas las personas que cumplan estos requisitos:
a) Personas empadronadas en Benissa a fecha de la firma del convenio.
b) Personas mayores de edad a 1 de diciembre de 2022.
c) Siendo necesario para la adquisición de las mismas disponer de tarjeta bancaria.
En la recogida de las tarjetas las personas deben mostrar un documento de identificación vigente (DNI, NIE, Pasaporte, etc.) para identificarse.
Cualquier persona puede recoger la tarjeta de otra persona siempre que aporte el poder de representación (será facilitado por Unió Gremial) firmado por el representante y por la persona representada junto con el DNI de la persona representada.
La compra de tarjetas está limitada a una cantidad máxima de 1 tarjeta por beneficiario.
No podrán adquirir las tarjetas las personas que se encuentren en cualquiera de las situaciones de prohibición recogidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Este requisito debe cumplirse desde la fecha de adquisición de las tarjetas y, las personas adquirentes deben acreditar tal circunstancia mediante la aportación de una declaración responsable (modelo facilitado por la Unión Gremial).
4. PROCEDIMIENTO DE COMPRA DE LA TARJETA Y PLAZO
Acceder a la web de la campaña www.bonocomercionavidadbenissa.es para solicitar cita previa. La solicitud online de cita previa es del 15 al 30 de noviembre de 2022 o hasta agotar las tarjetas.
Cumplimentar el formulario que se tiene en disposición en la web de la campaña, previamente habilitado por Unió Gremial, en el que se incluye la declaración responsable de cumplir con los requisitos exigidos en el artículo 13 de la ley 38/2003 de 17 de noviembre , General de Subvenciones, de estar informado de sus obligaciones a efectos del IRPF debido al carácter de ganancia patrimonial de la subvención obtenida así como de la manifestación de voluntad para el tratamiento de sus datos personales según lo que se establece en la LOPD Y SOLICITAR LA CITA PREVIA EN LÍNEA PARA LA COMPRA DE LAS TARJETAS EN LA PÁGINA WEB DE LA CAMPAÑA.
Acudir el día y hora señalados en la cita previa a CREAMA Benissa para realizar los siguientes trámites:
Las personas deben abonar el importe de la tarjeta a través de una tarjeta bancaria.
La compra de las tarjetas se realiza de la siguiente forma:
1. Aportar la documentación (formulario, declaración responsable y fotocopia de DNI) el día y la hora ESTABLECIDA EN LA CITA EN LÍNEA
2. La compra de la tarjeta se realizará mediante tarjeta de crédito o débito a través de la TPV establecida en los días y lugares indicados en el punto anterior.
3. En el momento de la compra se realiza la entrega de la tarjeta regalo sin saldo. En ese momento se informa del día a partir del cual se recarga la tarjeta con un saldo de 100€ y se puede realizar compras en los comercios adheridos a la campaña.
4. Cualquier persona puede recoger la tarjeta de otra persona siempre que aporte el poder de representación (será facilitado por Unió Gremial) firmado por el representante y por la persona representada junto con el DNI de la persona representada.
Las tarjetas que se ponen en circulación son tarjetas «al portador», y no disponen de PIN ni de CHIP, ya que operan en el comercio a través de la banda magnética, emitiendo éste un boletín que debe firmarse por el portador de la tarjeta.
Para eliminar la brecha digital de las personas mayores de 65 años, se habilita para ellos el servicio de cita previa presencial. Para obtener la cita las personas mayores de 65 años pueden acudir a CREAMA Benissa. Sólo está habilitado este servicio el 14 y 15 de noviembre en horario de 9 a 14 h y exclusivamente para las personas mayores de 65 años. Deben acudir provistas del DNI.
5. USO DE LAS TARJETAS
La subvención recibida sólo puede gastarse en los comercios adheridos a la campaña. La relación de comercios adheridos se hace pública en la web municipal, en la web de la campaña y se dará difusión por las redes sociales y además junto con la entrega de la tarjeta regalo se entrega un folleto con la relación de establecimientos donde pueden gastar la tarjeta.
El saldo de las tarjetas se puede utilizar en una o varias compras así como en uno o más comercios. Además, los comercios y servicios adheridos ofrecen la posibilidad de combinar esa tarjeta con otros medios de pago para completar el precio del producto en caso de no disponer de suficiente con el saldo disponible en la tarjeta.
No se puede obtener el dinero restante de un cajero automático ni de oficinas bancarias, quedando sin validez las tarjetas a partir del 31 de diciembre de 2022 con la imposibilidad de reactivación de las mismas.
6. ACTIVIDADES QUE PUEDEN ADHERIRSE A LA CAMPAÑA
Pueden solicitar adherirse a esta campaña:
– Las pymes, micropymes y autónomos legalmente constituidos independientemente de su forma jurídica, que tengan establecimiento (FÍSICO) abierto al público en el término municipal de Benissa.
– Que disponen de TPV (Datáfono)
– Que desarrollen actividad comercial en alguna de las actividades en las siguientes divisiones y agrupaciones del IAE (Real decreto ley 1175/1991, de 28 de septiembre)
SECCIÓN | DIVISIÓN | AGRUPACIÓN | GRUPO | EPÍGRAFE | DESCRIPCIÓN |
---|---|---|---|---|---|
1 | 4 | 47 | 474 | Artes gráficas (impresión grafica) | |
1 | 6 | 64 | 641 | Com.men.frutas, verduras | |
1 | 6 | 64 | 642 | Com. Deriv. Carne aves, conejos y caza | |
1 | 6 | 64 | 643 | Com. Deriv. Pesca y Caracoles | |
1 | 6 | 64 | 644 | Com. Pan, Past., Conf. Y Produc. Lácteos | |
1 | 6 | 64 | 645 | Com. Men. Vinos y Bebidas | |
1 | 6 | 64 | 647 | 647.1 | Com. Men. Ptos. Alimenticios y Bebidas |
1 | 6 | 64 | 647 | 647.2 | Com. Men. Ptos. Alimenticios menos 120 M2 |
1 | 6 | 64 | 647 | 647.3 | Com. Men. Ptos. Alimenticios 120-399 M2 |
1 | 6 | 65 | 651 | Com. Prod. Text., Conf., Calz., Piel y Cuero | |
1 | 6 | 65 | 652 | 652.2 | Com. Men. Ptos. Droguería, Perfumería |
1 | 6 | 65 | 652 | 652.3 | Com. Men. Ptos. Perfumería y Cosmética |
1 | 6 | 65 | 652 | 652.4 | Com. Men. Plantas y Hierbas, Herbolarios |
1 | 6 | 65 | 653 | Com. Art. Para Equip. De Hogar y Const | |
1 | 6 | 65 | 654 | Com. Vehic., Aeronav., Embarc., Acces., Rec. | |
1 | 6 | 65 | 656 | Com. Men. De Bienes Usados | |
1 | 6 | 65 | 657 | Com. Men. Instrumentos Música y Accesorio | |
1 | 6 | 65 | 659 | Otro Comercio al por Menor | |
1 | 6 | 69 | 691 | Rep. Art. Elec. de hogar, vehic y otros bienes | |
1 | 6 | 69 | 692 | Reparación de maquinaria industrial | |
1 | 6 | 69 | 699 | Otras Reparaciones NCOP | |
1 | 7 | 75 | 755 | Agencias de Viajes | |
1 | 9 | 97 | 971 | Lavanderías y Tintorerías | |
1 | 9 | 97 | 972 | Peluquerías y Salones de Belleza | |
1 | 9 | 97 | 973 | 973.1 | Servicios Fotográficos |
– El número de personas ocupadas en el establecimiento comercial no será superior a 10 personas trabajadoras a jornada completa o equivalente. Si una empresa tiene varios establecimientos situados en Benissa, puede tener un máximo de 10 personas trabajadoras en cada uno de los establecimientos a jornada completa o equivalente. Sólo puede participar una empresa de más de 10 trabajadores si acredita que tiene su domicilio fiscal en Benissa.
– Que muestren su deseo a participar en la campaña mediante la colocación del material publicitario facilitado por la organización y que acepten la totalidad de las bases.
7. PROCEDIMIENTO DE ADHESIÓN POR PARTE DE LOS COMERCIOS
Para la adhesión de los comercios a la campaña, éstos deben rellenar el formulario que encuentran en la web de la campaña con el nombre “FORMULARIO ADHESIÓN COMERCIOS TARJETA BONO COMERCIO BENISSA-NAVIDAD 2022” habilitado previamente por Unió Gremial.
El plazo para adherirse a esta campaña es el fijado por la comisión de seguimiento, abarcando desde la firma del convenio hasta el 25 de noviembre de 2022.
A partir de esa fecha los comercios que no se inscriban no pueden formar parte de la campaña TARJETA BONO COMERCIO BENISSA-NAVIDAD 2022.
Al envío del formulario de inscripción debe acompañarse la declaración responsable de que se cumplen los requisitos detallados en el artículo anterior y certificado AEAT de IAE.
8. INCIDENCIAS
La gestión de incidencias por posibles errores de funcionamiento de la tarjeta regalo ocasionados por desactivación de códigos corresponde a la entidad financiera.
9. DEVOLUCIÓN DE SALDO RESTANTE
En caso de que finalizado el período fijado para utilizar las tarjetas regalo (31 de diciembre de 2022) ésta no hubiera sido consumida, el propietario o la propietaria de la tarjeta no puede recuperar su saldo, cuyo 50% será dado a Cáritas Parroquial Benissa y el 50% restante se devolverá al Ayuntamiento de Benissa mediante autoliquidación y tendrá la consideración de ingreso presupuestario.